
El comodato permite prestar un bien sin cobrar por su uso. Se documenta para dejar claro que el bien sigue siendo suyo, para qué se presta y cuándo lo recupera, ya se trate de un local, un vehículo o un equipo.
Lo esencial. El detalle se lo entregamos al iniciar.
Bienes inmuebles: cédula catastral o recibo de predial o boleta de inscripción del INSEJUPY o última escritura de propiedad del predio.
Bienes muebles: factura del bien y número de serie o matrícula.
INE o pasaporte vigente del propietario, del ocupante y del fiador o aval (en caso de haberlo).
En caso de que alguna de las partes sea persona moral, acta constitutiva o acta de asamblea en donde consten las facultades del representante legal o apoderado, así como la identificación oficial vigente y sus generales.
Generales de las partes (solo los que no se encuentren contenidos en las identificaciones, es decir, domicilio, estado civil y, en caso de ser casado, especificar bajo qué régimen matrimonial).
Tiempo de uso del bien.
Al iniciar el trámite le entregamos el requerimiento completo y lo acompañamos en su integración.
El contrato se cotiza a la medida según el bien y el plazo. Solicite su cotización sin compromiso: recibirá el desglose de honorarios.
Sí. Para bienes muebles se acompaña la factura del bien y su número de serie o matrícula.
No: el comodato es el préstamo de uso de un bien sin cobrar por él. Lo que se pacta es el tiempo de uso.
Se acompaña el acta constitutiva o el acta de asamblea con las facultades del representante legal, su identificación vigente y sus generales.
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