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La escritura de compraventa ante notario es lo que hace suya la propiedad frente a terceros. Antes de firmar, el despacho revisa que el predio esté libre de gravámenes y al corriente, integra los documentos de las partes y del inmueble, y acompaña la firma y la inscripción.
Lo esencial. El detalle se lo entregamos al iniciar.
De las partes: identificación oficial vigente.
De las partes: CURP.
De las partes: constancia de situación fiscal reciente.
De las partes: comprobante de domicilio reciente.
De las partes: acta de nacimiento.
De las partes: acta de matrimonio y de divorcio (en su caso).
Del inmueble: cédula catastral vigente y actualizada.
Del inmueble: plano catastral vigente y actualizado.
Del inmueble: recibo de agua (al corriente de pago). En caso de no contar con servicio de agua potable, manifestarlo.
Del inmueble: predial del año en curso pagado. Si el predio no es del municipio de Mérida, el cliente deberá tramitar y entregar en original el certificado de no adeudo de predial.
Del inmueble: copia de las escrituras (o, en su caso, inscripción vigente del predio).
Del inmueble: avalúo comercial validado por el INSEJUPY.
Monto de la operación.
Forma de pago (única exhibición, varias exhibiciones o a plazos).
Reserva de dominio.
Existencia de gravamen.
Exenciones fiscales aplicables.
En caso de que el vendedor o la vendedora esté casado bajo el régimen de sociedad conyugal, son necesarios igualmente los documentos del cónyuge.
La escrituración se cotiza a la medida según el valor de la operación y el predio. Solicite su cotización sin compromiso: recibirá el desglose de honorarios y, por separado, los gastos notariales, impuestos y derechos.
Se requieren igualmente los documentos del cónyuge.
Sí, el del año en curso. Si el predio no es del municipio de Mérida, se entrega en original el certificado de no adeudo de predial.
Sí: un avalúo comercial validado por el INSEJUPY.
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